18 febrero
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Universidad de Jaen

Investigadora de la Universidad de Jaén plantea nuevos retos del Derecho Constitucional a partir de la crisis territorial en España
Portada de la Constitución Española, junto a un mapa político de España.
gprensa Mar, 18/02/2020 - 11:24
Portada de la Constitución Española, junto a un mapa político de España.

La investigadora del Departamento de Derecho Público de la Universidad de Jaén (UJA) Catalina Ruiz Rico plantea nuevos retos del Derecho Constitucional a partir de la crisis territorial en España y de la necesidad de que el constitucionalismo aporte respuestas a la situación que se vive en Cataluña.

En su artículo “Crisis territorial en España y apariencia jurídica: ¿posverdad o postconstitucionalismo?” publicado en la revista Derecho y Cambio Social, la experta de la UJA desarrolla una serie de conceptos inéditos en el ámbito del Derecho Constitucional a través del análisis del desafío constitucional promovido por los partidos independentistas catalanes y sus poderes públicos.

“La Constitución española se enfrenta a varias nuevas realidades tras las declaraciones políticas institucionales simbólicas realizadas por el Gobierno catalán y contrarias a sus principios esenciales. Un ejemplo es sin duda la proclamación de la República Catalana tras la consulta del 1 de octubre de 2017 o mucho más recientemente la reunión de Quim Torra con Pedro Sánchez, que representaron con una parafernalia propia de un encuentro entre Jefes de Estado”, señala Catalina Ruiz Rico. “A este contexto se suma la propagación de las fake news, que contribuyen a manipular a la opinión pública y que han sido utilizadas como arma política para condicionar a la sociedad catalana”, argumenta.

Esa situación de deslealtad constitucional sitúa al constitucionalismo en una encrucijada a partir de la que Catalina Ruiz Rico ha formulado una serie de términos que explican hacia dónde debe moverse el Derecho Constitucional para ser efectivo. En primer lugar, habla de la legitimidad aparente “que se ha construido inicialmente en torno a la juridificación de un supuesto derecho a decidir y una consulta ciudadana con apariencia de referéndum, para lo que se recurrió a hipotéticos observadores internacionales”, indica. En ese sentido, “la propia aplicación del artículo 155 con la destitución de representantes políticos y los recortes en la función parlamentaria contribuyó a este fenómeno de legitimidad aparente basado en la apariencia jurídica de actos simbólicos con la idea de suplantar la auténtica legitimidad”.

Ligado al anterior concepto, expone el término apariencia constitucional “implícitamente presente en la práctica parlamentaria e incluso en la doctrina desarrollada por los órganos judiciales y el Tribunal Constitucional”. “Se plantea un debate entre la transigencia y la impugnación de los actos aparentes ante unas declaraciones simbólicas en un Parlamento que socavan a la propia realidad de la Constitución y derivan en un fraude constitucional”, comenta la profesora del Área de Derecho Constitucional de la UJA.

Por último, introduce el concepto de inconstitucionalidad difusa, generado en la crisis territorial catalana a partir de la idea de una ‘República digital’ o de la investidura telemática a través de la reforma de la Ley de Presidencia de la Generalitat. “Ambas pretensiones responden a la necesidad de juridificar la apariencia como paso previo para la consecución de efectos jurídicos en la realidad constitucional”, expresa.

En su artículo, Catalina Ruiz Rico aboga por la aplicación de tesis propias del Derecho Privado al Derecho Constitucional, de manera que mediante la experiencia civil se extraigan soluciones que permitan al constitucionalismo controlar esa apuesta por la apariencia. A su vez, como solución al problema catalán, Catalina Ruiz Rico es cauta con respecto a la teoría de que ésta se encuentra en la reforma de la Constitución. Sobre ese asunto, opina que actualmente “no es un momento oportuno para llevar a cabo una reforma constitucional en torno a algo que forma parte del legado histórico español como su integridad territorial debido a la inestabilidad política a nivel nacional”. Además, se refiere a la propia dificultad de reforma de la Constitución, “que pese a no haber previsto un fraude a sí misma, cuenta con esa propia dificultad como único blindaje”.

Autor

Gabinete de Comunicación de la UJA .


Fuente: Universidad de Jaen


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